|
SUSCRIBETE BOLETIN

¡Manténte informado!

Entérate de las últimas noticias legales en Ecuador explicadas por nuestros expertos.

.

NOTICIAS Y PUBLICACIONES

¿Qué pueden incluir los pactos entre accionistas?

La Ley de Compañías no admite limitaciones al derecho de los accionistas de negociar libremente sus acciones (art. 191)[1]. Sin embargo, la reforma del 29 de diciembre de 2017, incluyó en el mismo artículo una excepción a esta regla general[2], a través de acuerdos o pactos entre accionistas (en adelante “los Pactos”).

La reforma reconoce la validez de los Pactos y permite expresamente establecer condiciones para la negociación de acciones. Además de esta norma, no existe ninguna otra disposición en la legislación ecuatoriana sobre este tema.

Los puntos principales que debemos conocer de los Pactos entre accionistas:

* No pueden contravenir a la Ley de Compañías, ni al estatuto social de la compañía y deben tener un objeto lícito;

* Pueden ser suscritos por dos o más accionistas;

* No son oponibles frente a terceros, sino solamente para quienes lo suscribieron;

* No pueden perjudicar a los accionistas minoritarios;

* Usualmente contienen acuerdos sobre:

* Derechos de adquisición preferente para todos o algunos de los accionistas;

* Obligaciones de ceder o adquirir acciones cuando se cumplen determinadas condiciones; (cláusulas tag along, drag along o similares)

* Derecho de venta conjunta;

* Obligaciones de no incrementar la participación en el capital por encima de un determinado porcentaje,

* No competencia con la compañía;

* Intermediación en los productos de los accionistas;

* Composición y participación de los accionistas en los órganos de administración;

* Arbitraje para conflictos entre accionistas;

* Facultades de los órganos de administración, quórums y mayorías que no estén regulados por los estatutos sociales;

* Formas de ejercer los derechos de accionistas minoritarios;

Los Pactos son cada vez más comunes y necesarios para el desarrollo de las compañías, tanto en empresas familiares, nuevos emprendimientos o en las empresas que reciben a nuevos accionistas aportantes, y son instrumentos idóneos que permiten reglas claras para todos los accionistas.

[1] “El derecho de negociar las acciones libremente no admite limitaciones.”

[2] «Serán válidos los pactos entre accionistas que establezcan condiciones para la negociación de acciones. Sin embargo, tales pactos no serán oponibles a terceros, sin perjuicio de las responsabilidades civiles a que hubiere lugar, y en ningún caso podrán perjudicar los derechos de los accionistas minoritarios.»


Cargando
...