A continuación detallamos las obligaciones tributarias de los contribuyentes para este mes de enero:
Los fabricantes, importadores de bienes y los prestadores de servicios gravados con ICE (Impuesto a los Consumos Especiales) deben presentar ante el SRI la información referente a los precios de venta al público sugeridos a través del Anexo PVP con corte a diciembre 31 de 2024.
La presentación de dicho Anexo se realizará hasta el 5 de enero y, de existir cambios en los precios de venta, se debe presentar en el plazo de 5 días hábiles posteriores a dichos cambios.
Los empleadores deben presentar ante el SRI la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia, realizadas por los pagos efectuados a sus trabajadores en el período comprendido entre enero 1 y diciembre 31 del 2024. Dicha información deberá presentarse incluso cuando no se haya generado retención alguna.
La presentación de dicho anexo se realizará conforme al noveno dígito del RUC entre el 21 de enero al 7 de febrero.
Los propietarios de predios ubicados dentro de zonas urbanas deben pagar el impuesto predial urbano correspondiente al año 2025 a la respectiva municipalidad hasta el 15 de enero de 2025.
Los contribuyentes que paguen este impuesto dentro de la primera quincena de enero tendrán un descuento del 10%, mientras que, los pagos realizados durante la segunda quincena de enero tendrán un descuento del 9%.
Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan de manera permanente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales deberán obtener la patente ante la respectiva municipalidad o distrito metropolitano hasta el 30 de enero. Este trámite se realiza en función del patrimonio de los sujetos pasivos dentro del cantón.
Los propietarios de vehículos motorizados de uso particular deberán pagar hasta el 31 de enero el Impuesto a los Vehículos Motorizados ante las instituciones financieras autorizadas por el SRI, independientemente del último dígito de placa.
Los exportadores de bienes, sus proveedores directos, y los exportadores de servicios que cuenten con sistemas contables que permitan diferenciar las adquisiciones de bienes utilizados en la producción y/o comercialización de productos o en la prestación de servicios y que estén gravados con el 15% de IVA de aquellos gravados con el 0%, podrán acceder a la devolución del 100% del IVA. Para ello deberán comunicar la siguiente información al SRI hasta el 31 de enero a través del formato disponible en el portal web institucional.
Las compañías sujetas a la supervisión y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que realicen ventas a crédito, con o sin intereses, deberán entregar hasta el 10 de enero la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios, que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
Las compañías que estén obligadas y realicen actividades establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos deben actualizar, hasta el 30 de enero, la información general, la actividad económica y el código CIIU conforme a su RUC.
La Junta General de accionistas o socios de las compañías obligadas a reportar a la UAFE deberán presentar, a más tardar el 31 de enero, un informe correspondiente al año 2024 y un plan de trabajo para el año 2025 ante.
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