Recordamos a las compañías nacionales y sucursales de compañías extranjeras sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que la contribución societaria total o parcial debe ser cancelada hasta el 30 de septiembre de 2024.
Aquellas compañías que, hasta el 30 de septiembre del 2024, hayan pagado el 50% de la contribución societaria que les corresponde, tendrán derecho a cancelar el 50% restante hasta el 31 de diciembre del 2024, sin lugar a recargo ni penalidad alguna.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
Les recordamos que desde el 15 de enero de 2024 el portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se encuentra habilitado para que las compañías envíen sus estados financieros y documentos societarios correspondientes al ejercicio fiscal 2023.
La fecha máxima para el reporte de esta información será el 30 de abril de 2024, la autoridad de control ha anticipado que este año no se concederán prórrogas para el envío de esta información.
Sugerimos enviar el reporte de la información antes de la fecha máxima con la finalidad de evitar multas y sanciones.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
Por ZVS Tobar en CORPORATIVO, M&A
El 22 de enero de 2024, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros emitió la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2024-003, que establece los valores que las compañías bajo su control deben pagar como contribución para 2024.
MONTO DEL ACTIVO REAL DE LAS COMPAÑÍAS (EN US | CONTRIBUCIÓN POR MIL SOBRE EL ACTIVO | ||
---|---|---|---|
DESDE |
| HASTA | |
0,01 | – | 75.000,00 | 0,00 |
75.000,01 | – | 100.000,00 | 0,71 |
100.000,01 | – | 1.000.000,00 | 0,76 |
1.000.000,01 | – | 20.000.000,00 | 0,82 |
20.000.000,01 | – | 500.000.000,00 | 0,88 |
500.000.000,01 | – | EN ADELANTE | 0,94 |
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
Por ZVS Tobar en CORPORATIVO, M&A
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros apertura a través de su portal web el registro y calificación de los oficiales de cumplimiento de compañías y entidades calificadas como sujetos obligados a cumplir con las disposiciones en materia de prevención de lavado de activos.
Este procedimiento se llevará a cabo utilizando la cuenta del representante legal y de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la empresa, según el siguiente detalle:
Día de habilitación para la carga de información | LUNES | MARTES | MIÉRCOLES | JUEVES | VIERNES |
Noveno dígito del RUC de la Compañía | 1 y 2 | 3 y 4 | 5 y 6 | 7 y 8 | 9 y 0 |
¿Quiénes se encuentran calificados como sujetos obligados?
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos:
¿Cuáles son las implicaciones si la carga de la información se realiza de forma incorrecta?
Si la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros durante el proceso de registro y calificación en línea constata que el oficial de cumplimiento no satisface los requisitos establecidos, incurre en prohibiciones, o presenta documentación que ha sido alterada o manipulada de manera fraudulenta, su designación será revocada y no tendrá la posibilidad de ser designado nuevamente.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
Por ZVS Tobar en CORPORATIVO, M&A
El 26 de abril de 2024, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (en adelante, “SCVS”) emitió la Resolución No. SCVS-INPAI-2024-00008987, mediante la cual concede hasta el 30 de mayo de 2024 una prórroga para la presentación de los estados financieros de las compañías correspondientes al ejercicio económico 2023.
En este sentido, las compañías podrán reportar la información a la SCVS, sin limitación alguna, hasta el 26 de mayo de 2024. Sin embargo, desde el 27 de mayo de 2024 el reporte se deberá realizar en base al siguiente cronograma:
Noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la compañía. | Fecha de entrega |
---|---|
1 y 2 | Lunes 27 de mayo |
3 y 4 | Martes 28 de mayo |
5 y 6 | Miércoles 29 de mayo |
7 y 8 | Jueves 30 de mayo |
9 y 0 | Viernes 31 de mayo |
La presente resolución entrará en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
Por ZVS Tobar en CORPORATIVO, M&A