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EL MINISTERIO DE TRABAJO EMITIÓ DIRECTRICES PARA CUMPLIR CON LA LEY ORGÁNICA DE IGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES

El 8 de enero de 2025, el Ministerio de Trabajo («MdT») emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-006, con el objetivo de regular y garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.

 

A continuación, los puntos más destacados:

 

  1. Principales obligaciones para los empleadores:

     

    1. Implementar programas anuales de capacitación con una duración mínima de 40 horas, enfocados en temas de equidad de género.

    2. Promover acciones que refuercen el valor del trabajo desde una perspectiva de igualdad de género.

    3. A partir de 2026, reportar anualmente, durante el mes de enero, las acciones implementadas para cumplir con la normativa mediante la plataforma en línea del MdT.


  2. Certificación de Cumplimiento:

    Desde febrero de 2026, los empleadores que cumplan con estas obligaciones podrán solicitar al MdT un Certificado de Cumplimiento como reconocimiento de su compromiso con la igualdad de género.

     

    El MdT publicará en sus medios oficiales la lista de empleadores que obtengan esta certificación.



  3. Denuncias por discriminación salarial:

    Los trabajadores que consideren que son víctimas de discriminación salarial podrán presentar una denuncia ante el Inspector del Trabajo. Este tendrá como función principal mediar entre las partes para reducir cualquier posible brecha salarial.

     

    En caso de no alcanzar un acuerdo, el trabajador podrá iniciar una acción judicial contra el empleador. El juez competente determinará si hubo vulneración de derechos salariales y, de ser el caso, ordenará el pago retroactivo de la remuneración adeudada, además de fijar una nueva remuneración conforme a los criterios de la Ley.

     

    Nota: La presentación de una denuncia ante el MdT no es un requisito previo para iniciar acciones judiciales.


  4. Sanciones:

    El incumplimiento de las obligaciones por parte de los empleadores, o de los acuerdos alcanzados ante el Inspector del Trabajo, podrá ser sancionado con multas de hasta 20 salarios básicos unificados (actualmente equivalentes a US$9,400).

 

© TobarZVS 

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.


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