
21 de octubre de 2025
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El 16 de octubre de 2025, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) expidió la Regulación No. ARCONEL-005/25, mediante la cual se establece un nuevo marco normativo para incentivar el desarrollo de proyectos de generación con energía renovable no convencional (ERNC) con potencias entre 10 MW y 100 MW. Esta normativa tiene como objetivo impulsar la inversión privada en generación limpia y sostenible, así como facilitar su acceso a financiamiento.
A continuación, te presentamos los 10 puntos más relevantes de la nueva normativa:
- Acceso directo al título habilitante: Se permite obtener el Título Habilitante de forma directa, sin proceso público de selección, para proyectos solares, eólicos, geotérmicos, de biomasa, biogás o hidroeléctricos que no formen parte del Plan Maestro de Electricidad. Se priorizarán los proyectos que incorporen sistemas de almacenamiento y redes de interconexión.
- Precios preferentes: Se establecen precios preferentes, expresados en ¢USD/kWh, conforme al siguiente detalle: solar 8,036; eólica 7,174; geotérmica 14,662; biomasa 10,525; biogás 9,250; hidroeléctrica Pacífico 6,761; e hidroeléctrica Amazonas 6,350
- Plazos de vigencia de precios preferentes: Los precios preferentes se mantendrán fijos por 25 años para solar, eólica y geotérmica; 30 años para hidroeléctrica; y 20 años para biomasa y biogás.
- Responsabilidad del desarrollador: Las empresas desarrolladoras asumirán todos los riesgos y costos de diseño, construcción, operación y desmantelamiento. Los proyectos deberán conectarse al Sistema Nacional Interconectado a través del Sistema Nacional de Transmisión conforme a la normativa técnica vigente. Para proyectos solares y eólicos deberán incorporar sistemas de almacenamiento.
- Permisos ambientales: Cada proyecto deberá contar con los permisos ambientales aplicables para cada caso.
- Factibilidad de conexión: La obtención de la factibilidad de conexión se realizará en dos etapas, preliminar y definitiva. Las solicitudes se tramitarán en orden cronológico hasta agotar la capacidad disponible y deberán presentarse junto con una declaración juramentada que acredite que el proyecto no forma parte del Plan Maestro de Electricidad. Obtenida la factibilidad preliminar, la empresa gestionará el Certificado de Calificación y, una vez suscrito el contrato de concesión, solicitará la factibilidad definitiva.
- Despacho: El despacho de las centrales estará a cargo de CENACE. La generación tendrá un costo variable igual a cero.
- Regulación sobre almacenamiento: ARCONEL emitirá en un plazo máximo de seis meses la regulación aplicable a los sistemas de almacenamiento de energía (BESS).
- Ampliación de capacidad: Se permite ampliar la capacidad de centrales existentes bajo este nuevo marco regulatorio.
- Reversión: En caso de terminación del título habilitante, aplica la reversión de los bienes al Estado, el cual podrá no recibirlos si no son de interés nacional.
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