Con fecha 20 de febrero de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000004 mediante la cual se establece las condiciones para la presentación del “Anexo Minero”. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de su contenido:
Personas naturales o jurídicas :
Quedan excentos los titulares de permisos de minería artesanal.
Los Sujetos Obligados deberan presentar la siguiente información, según corresponda:
La información a reportar a través de la página web del SRI, será semestral, y se presentará al SRI conforme el noveno dígito del RUC en el mes de septiembre del año corriente y marzo del siguiente año.
El incumplimiento de la presentación del anexo o su entrega incompleta constituye una infracción administrativa cuya multa puede ascender hasta USD 1.000.
Hasta el 31 de marzo de 2025, se deberán presentar, en línea, las copias notarizadas de contratos de operación, mandato y venta de mineral del año 2022, 2023 y 2024.
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