En el mes de diciembre los contribuyentes deberán cumplir con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
- Declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA). (*)
- Declaración de retenciones en la fuente de impuesto a la renta. (*)
- Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). (*)
- Declaración y Anexo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). (*)
- Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID). (*)
- Anexo Transaccional Simplificado (ATS). (**)
- Anexo Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF).
- Declaración del Impuesto a los Activos en el Exterior.
- Anexo de Registradores Mercantiles (REM).
- Anexo de Notarios (NOT).
- Anexo de Registradores de la Propiedad (REP).
Consideraciones:
(*) Los Contribuyentes Especiales deberán presentar y pagar sus declaraciones hasta el día 11 de cada mes, mientras que los demás contribuyentes se sujetarán al noveno dígito del RUC.
Si la fecha de presentación coincide con días de descanso obligatorio o feriados, se trasladará al día hábil siguiente.
(**) La fecha máxima de entrega será el mes subsiguiente al que corresponda la información conforme el noveno dígito del RUC.
Noveno dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
1 | 10 |
2 | 12 |
3 | 14 |
4 | 16 |
5 | 18 |
6 | 20 |
7 | 22 |
8 | 24 |
9 | 26 |
0 | 28 |
Obligaciones Societarias:
- Pago de la segunda cuota de la contribución anual a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
- Entrega de información a la administración por parte de compañías, socias o accionistas extranjeros.
Obligaciones Laborales:
- Pago de la décimo tercera remuneración.
Para más información no duden contactarse con nuestro Socio de la Práctica Tributaria, Iván García (igarcia@tzvs.ec).
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