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Asesoría laboral

FERIADO NACIONAL 3 Y 4 DE NOVIEMBRE

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Les recordamos que, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo, los feriados correspondientes al 2 de noviembre (Día de los Difuntos) y 3 de noviembre (Independencia de Cuenca) fueron trasladados a los días 3 y 4 de noviembre de 2025. Estos son feriados nacionales no recuperables, lo que significa que constituyen días de descanso obligatorio para todos los colaboradores.

En caso de que por necesidades operativas se requiera laborar durante estos días, el empleador deberá pagar un recargo del 100% sobre las horas trabajadas, conforme a lo dispuesto en el Código del Trabajo.

Cumplir con estas disposiciones asegura la gestión legal y responsable de la empresa.


© TobarZVS

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.