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Corporativo, M&A

Prevención de lavado de activos: ¿Qué deben hacer las compañías frente a las nuevas exigencias?

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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) el 22 de octubre de 2026 mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2026-0014, publicada en el Registro Oficial el 27 de octubre de 2026, introdujo   importantes cambios en las obligaciones de prevención de lavado de activos y financiamiento de otros delitos para determinadas compañías bajo su control. 

Esta actualización exige fortalecer los mecanismos internos de prevención, revisar los controles sobre clientes y proveedores, y reforzar la gestión y supervisión de los riesgos. Las compañías deberán adaptar sus procedimientos a las nuevas exigencias y cumplir con los plazos establecidos. 

¿Tu compañía está dentro de los sectores regulados? 

Las nuevas disposiciones aplican a las compañías sujetas al control de la SCVS que desarrollen, entre otras, las siguientes actividades: 

  • Inmobiliarias y construcción: Promoción, inversión e intermediación inmobiliaria y actividades de construcción. 
  • Comercialización: Vehículos, maquinaria, embarcaciones, aeronaves, metales y piedras preciosas. 
  • Servicios legales y contables: Actividades como compraventa de bienes inmuebles, administración de dinero, valores, cuentas bancarias, creación, operación o administración de personas jurídicas.   
  • Servicios societarios y de fideicomisos: Actividades como agente de creación de personas jurídicas, actuación como director o apoderado de una sociedad mercantil, provisión de domicilio postal, comercial o espacio físico.  
  • Servicios financieros y complementarios: Transferencias de dinero y remesas, factoring, leasing financiero, courier y blindaje de vehículos. 

¿Cuáles son los principales cambios y qué implican para tu compañía? 

1. Actualización del sistema de prevención: Las compañías deberán actualizar su manual, metodología y matriz de riesgos, con revisión anual y aprobación del órgano administrativo que establezca el Estatuto Social.  

2. Oficial y comité de cumplimiento: Se refuerzan los requisitos de designación, calificación, independencia y supervisión del oficial de cumplimiento, cuyo período será de cinco (5) años. Se establecen obligaciones de funcionamiento y sesiones mensuales del comité. 

3. Debida diligencia: Se fortalecen los controles de identificación de clientes, proveedores, empleados, accionistas, beneficiarios finales (participación directa o indirecta de al menos el 10% del capital social) y personas expuestas políticamente (PEP). 

4. Reportes y auditorías: Se mantienen los reportes obligatorios a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y se establecen controles periódicos, auditorías de cumplimiento y obligaciones de documentación y conservación de información. 

5. Restricciones de pago: Se exige verificar la prohibición de utilizar efectivo, piedras o metales preciosos en operaciones que, individualmente o acumuladas durante un mes, igualen o superen los USD 10.000,00. 

Fechas para tener en cuenta 

  • 27 de abril de 2027: Fecha límite para actualizar, aprobar y presentar el manual de prevención y sistema de prevención de riesgos ante la SCVS. 
  • 31 de enero de cada año: Aprobación del Informe Anual de Cumplimiento (IAC) y Plan Anual de Cumplimiento (PAC). 
  • 30 de mayo de cada año: Presentación del informe de auditoría externa de cumplimiento. 
  • Mensualmente: Sesiones del Comité de Cumplimiento. 

¿Qué riesgos existen si no se cumplen estas obligaciones? 

El incumplimiento de las disposiciones puede generar sanciones administrativas, multas, y observaciones en el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones (CCo).  

¿Cuáles son las recomendaciones desde ahora? 

Las compañías que desarrollan actividades sujetas a esta regulación deberían iniciar cuanto antes un proceso de revisión que permita: 

  • Confirmar si califican como sujetos obligados. 
  • Verificar que su oficial de cumplimiento reúna los requisitos exigidos. 
  • Evaluar si cuentan con una estructura y un comité de cumplimiento adecuados. 
  • Identificar brechas entre sus procedimientos actuales y las nuevas exigencias. 
  • Planificar la actualización y aprobación de sus manuales, políticas y matrices de riesgos. 

En TOBARZVS te acompañamos en este proceso. Anticiparse a los cambios es la mejor manera de prevenir contingencias y proteger a tu compañía. 


© TobarZVS

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.