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El 4 de junio de 2026 entró en vigor la Ley Orgánica de Educación Financiera que tiene como objeto implementar y regular la educación financiera de programas que son y deberán ser realizados por entidades públicas, privadas y del sistema financiero nacional.
- Enfoque
La ley abarca programas de enseñanza y difusión de conocimientos financieros. Estos pueden ser realizados por entidades públicas y privadas del sistema financiero nacional. La finalidad es promover la gestión responsable de recursos, fomentar el ahorro, la inversión y prevenir el sobreendeudamiento ciudadano.
- Ámbitos de Aplicación
La ley es de aplicación obligatoria para todas las personas naturales y jurídicas que conformen el Sistema Nacional de Educación, el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, el Sistema de Educación Superior, la Etnoeducación y el Sistema Económico y Financiero. Adicionalmente, comprende a los programas de educación financieros que realicen entidades públicas, privadas y del sistema financiero nacional, de valores, seguros y servicios de atención integral de salud prepagada.
- Programas para grupos de atención prioritaria
Se implementarán programas de educación financiera dirigidos a grupos de atención prioritaria, actores de la economía popular y solidaria, personas en zonas rurales, emprendedoras, migrantes, beneficiarias de programas sociales, pueblos y nacionalidades. Las instituciones financieras deberán realizar, al menos una vez al año, programas de educación financiera que no tengan fines comerciales. Estos deberán ser en distintos cantones del país.
- Contenidos obligatorios en los programas de educación financiera no formal
Los contenidos deberán consistir en: la identificación y prevención de fraudes electrónicos, uso seguro de plataformas digitales y servicios financieros en línea, protección de datos personales y mecanismos de autenticación, validación de transacciones en entornos digitales y riesgos asociados a nuevas tecnologías. Las instituciones deberán hacer especial énfasis en las personas adultas mayores.
- Reformas legales
Ley Orgánica de Educación Intercultural: se incorpora como parte de los principios del sistema educativo, los derechos de los estudiantes y la capacitación docente.
Código Orgánico Monetario y Financiero: reconoce a la inclusión y educación financiera como instrumentos para mejorar la calidad de vida ciudadana, e instruye a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria a incorporar una estrategia integral de educación financiera en la Política Nacional de Inclusión Financiera.
- Disposiciones transitorias
Primera: en un plazo de 90 días desde la entrada en vigencia de la ley, el Presidente expedirá el reglamento correspondiente.
Segunda: en el plazo de un año posterior a la aprobación de la ley, las autoridades de educación junto con el ente rector de la política financiera y monetaria, deberá elaborar la estrategia para desarrollar el componente del que trata la presente ley. Tercera: una vez emitida la estrategia, la Autoridad Educativa Nacional verificará su implementación en las instituciones educativas. Las instituciones de educación superior deberán comenzar a incorporar progresivamente en el plazo de un año, los componentes correspondientes a educación financiera.
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