El 11 de enero de 2024, el Presidente Constitucional de la República, Daniel Noboa Azín, propuso a la Asamblea Nacional el proyecto de «Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica» como una medida económica urgente. Dicha propuesta incluye la modificación de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aumentándola del 12% al 15%.
Según el proyecto de ley, el aumento del IVA se plantea como una opción viable para obtener ingresos adicionales de manera inmediata. De acuerdo con el documento, este incremento en la recaudación tributaria tiene la intención de generar recursos que fortalezcan las fuerzas de seguridad y permitan el desarrollo de estrategias a largo plazo para prevenir y controlar el crimen organizado.
Al ser una medida económica de carácter urgente, la Asamblea deberá aprobar, modificar o negar el proyecto de ley dentro de un plazo máximo de treinta días a partir de su recepción.
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Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.
En el mes de octubre los contribuyentes deberán cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:
Consideraciones:
(*) Los Contribuyentes Especiales deberán presentar y pagar sus declaraciones hasta el día 11 de cada mes, mientras que los demás contribuyentes se sujetarán al noveno dígito del RUC.
Si la fecha de presentación coincide con días de descanso obligatorio o feriados, se trasladará al día hábil siguiente.
(**) La fecha máxima de entrega será el mes subsiguiente al que corresponda la información conforme el noveno dígito del RUC.
Noveno dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
1 | 10 |
2 | 12 |
3 | 14 |
4 | 16 |
5 | 18 |
6 | 20 |
7 | 22 |
8 | 24 |
9 | 26 |
0 | 28 |
Para más información no duden contactarse con nuestro Socio de la Práctica Tributaria, Iván García (igarcia@tzvs.ec).
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Por ZVS Tobar en ASESORÍA TRIBUTARIA
El 10 de enero del 2023 el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 644 a través del cual, se dispuso la reducción de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% por la prestación de servicios relacionados con actividades turísticas a favor de personas naturales o sociedades; a continuación incluimos un detalle de los servicios relacionados con dichas actividades:
Tal reducción aplicará para el feriado del mes de noviembre:
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En el mes de diciembre los contribuyentes deberán cumplir con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
Consideraciones:
(*) Los Contribuyentes Especiales deberán presentar y pagar sus declaraciones hasta el día 11 de cada mes, mientras que los demás contribuyentes se sujetarán al noveno dígito del RUC.
Si la fecha de presentación coincide con días de descanso obligatorio o feriados, se trasladará al día hábil siguiente.
(**) La fecha máxima de entrega será el mes subsiguiente al que corresponda la información conforme el noveno dígito del RUC.
Noveno dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
1 | 10 |
2 | 12 |
3 | 14 |
4 | 16 |
5 | 18 |
6 | 20 |
7 | 22 |
8 | 24 |
9 | 26 |
0 | 28 |
Obligaciones Societarias:
Obligaciones Laborales:
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El 20 de diciembre de 2023, en el Suplemento No. 461 del Registro Oficial, se publicó la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, la cual incluyó diversas reformas a distintas leyes. A continuación, te invitamos a conocer las reformas realizadas a la LA LEY RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO:
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