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PICO Y PLACA ELÉCTRICO

El 22 de octubre del 2024, mediante Acuerdo Ministerial MDT-2024-200 el Ministerio de Trabajo permitió modificar la jornada laboral en Ecuador, debido a la crisis eléctrica que enfrenta el país según los siguientes modalidades de jornada de trabajo:

 

  • De lunes a jueves: de 07:00 a 17:00.

  • De jueves a domingo: de 07:00 a 17:00.

 

Las jornadas no podrán superar las 40 horas semanales, las horas trabajadas que excedan dicho límite, deberán pagarse con los recargos legales correspondientes.

 

A continuación, las principales condiciones para la implementación del Pico y Placa Eléctrico:

 

  • Acuerdo entre las partes: La modificación debe ser acordada entre trabajador y empleador. Es decir, se debe suscribir un convenio modificatorio temporal al contrato de trabajo.

  • Descaso semanal obligatorio: Los trabajadores tendrán derecho a un día adicional de descanso, es decir, tres días consecutivos de descanso.

  • Plazo: No existe un plazo determinado para la implementación de la medida, los acuerdos terminarán al momento de que terminé la crisis energética o por acuerdo de las partes.

Registro SUT: Deben registrarse el acuerdo en el Sistema Único de Trabajo (SUT) después de 30 días de suscrito el acuerdo.

© TobarZVS 

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.


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