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LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES

El 22 de enero de 2024, se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.

A continuación, lo que tienes que saber:

  1. Los principales criterios para establecer que un trabajo será considerado de igual valor a otro, incluyen la igualdad en: (a) competencias y calificaciones; (b) condiciones laborales; (c) esfuerzo; y, d) responsabilidad.

  1. Nuevas obligaciones para los empleadores:

    • Capacitación obligatoria y continua relacionada con los derechos laborales de hombres y mujeres, igualdad de género, erradicación de violencia y no discriminación en el ámbito laboral, entre otros.

    • Desarrollar acciones orientadas a la sensibilización y visibilización del valor de los trabajos que se realizan sin discriminación entre hombres y mujeres.

    • Reportar anualmente las acciones y cumplimiento de directrices para alcanzar la igualdad de remuneración.

  1. En los próximos 60 días, el Ministerio de Trabajo deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

    • Emitir certificación de cumplimiento de igualdad salarial;

    • Emitir procedimiento para la recepción de reclamos o denuncias por parte de trabajadores que consideren sus derechos fueron vulnerados.

    • Emitir procedimiento de sanciones a empleadores incumplidos.

  1. En caso de verificación de la vulneración del derecho a la igualdad de remuneración, el empleador pagará al trabajador la correspondiente diferencia de remuneración, con efecto retroactivo, y establecerá la nueva remuneración en condiciones de igualdad.

  1. La Defensoría del Pueblo del Ecuador implementará procesos de observancia, seguimiento y defensa de la Ley.

  2. Se declara en todo el territorio ecuatoriano al 18 de septiembre, como el “Día de la Igualdad de Remuneración”.

 

© TobarZVS 

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.


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