
Escrito por:
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 249, de 17 de diciembre de 2025, el Presidente de la República dispuso la suspensión de la jornada laboral correspondiente al viernes 2 de enero de 2026.
En virtud de esta disposición, el feriado de fin de año se extenderá a cuatro días consecutivos. La suspensión de la jornada será de obligatorio cumplimiento para los empleadores del sector público y privado, y no estará sujeta a recuperación.
En caso de que un empleador requiera la prestación de servicios de un trabajador durante ese período, estará obligado a reconocer un recargo del 100% sobre las horas trabajadas.
Para cualquier consulta o aclaración sobre esta disposición, pueden contactarse con Tobar ZVS a laboral @ tzvs.ec.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.