|
SUSCRIBETE BOLETIN

¡Manténte informado!

Entérate de las últimas noticias legales en Ecuador explicadas por nuestros expertos.

.

NOTICIAS Y PUBLICACIONES

La Corte Constitucional refuerza estabilidad laboral para personas con enfermedades catastróficas

La Corte Constitucional ha establecido como regla jurisprudencial de obligatorio cumplimiento que las personas portadoras de enfermedades catastróficas, por ejemplo, cáncer, tumores cerebrales y las demás catalogadas por el Ministerio de Salud, gozan de una estabilidad laboral reforzada y no podrán ser despedidos por esta condición. Adicionalmente, la Corte Constitucional señala que el empleador deberá justificar la razón del despido en causas objetivas y válidas y no podrá fundamentarla en argumentos relacionados con el rendimiento de las actividades del trabajador, toda vez que el deterioro físico o psicológico del trabajador es parte de la naturaleza propia de la enfermedad.

En el evento de que el empleador no justifique las razones del despido, se presumirá que el mismo se ha realizado en violación de los derechos del trabajador por razón de su condición.

La Corte Constitucional ha señalado en la sentencia Nº 375-17-SEP-CC, que el empleador deberá proceder a la reubicación de la persona que padezca una enfermedad catastrófica o profesional, en el evento de que sus actividades se vean afectadas como producto de su condición de salud.

El Ministerio de Salud Pública, mediante Acuerdo Ministerial número 1829, ha publicado un listado con las enfermedades catalogadas como catastróficas, raras y huérfanas.

Este documento lo podrá encontrar en el siguiente hipervínculo


Cargando
...