
Escrito por:
La Ley Orgánica Para la Atención Integral del Cáncer publicada en el Registro Oficial el 4 de marzo de 2026, introduce importantes cambios en materia de protección laboral para personas con diagnóstico de cáncer y sus cuidadores.
- Estabilidad reforzada:
La norma establece estabilidad laboral reforzada para tres grupos de trabajadores:
- personas con diagnóstico de cáncer;
- trabajadores sustitutos; y
- personas en calidad de cuidadoras de personas con cáncer, siempre que la enfermedad genere una condición que impida a la persona desarrollar por sí misma actividades necesarias para velar por su subsistencia.
Para la terminación de la relación laboral de estos trabajadores, el empleador deberá justificar de manera razonable y suficiente que la terminación no obedece a la enfermedad, además de fundamentarse en las causales y procedimientos reconocidos en la normativa vigente.
- Licencias, horarios y protección:
Adicionalmente, la Ley garantiza a las madres, padres o cuidadores principales de niñas, niños o adolescentes con esta enfermedad tienen los siguientes derechos laborales:
- Licencias remuneradas para acompañar al menor a consultas, tratamientos y hospitalizaciones;
- Horarios flexibles o teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones lo permita; y,
- Protección contra represalias o discriminación derivadas del ejercicio del cuidado.
- Normativa adicional:
La Disposición Transitoria Quinta de la Ley establece que el Ministerio de Trabajo deberá emitir, en el plazo de ciento ochenta días contados a partir del 4 de marzo de 2026, la normativa correspondiente para garantizar el derecho a la estabilidad laboral reforzada.
En este contexto, se recomienda a los empleadores revisar sus políticas internas de recursos humanos para incorporar las protecciones establecidas en esta Ley. Para mayor información o asesoría laboral sobre la aplicación de esta nueva Ley, puede contactar a Tobar ZVS en laboral @ tzvs.ec
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.