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Asesoría laboral

Entrega de Comprobantes de Retención de Impuestos sobre Ingresos en Relación de Dependencia

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La Ley de Régimen Tributario Interno establece que los empleadores, en su calidad de agentes de retención, están obligados a entregar los comprobantes de retención a las personas a quienes se les hayan efectuado retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta.

En el caso de ingresos laborales bajo relación de dependencia, dichos comprobantes deben ser entregados durante el mes de enero de cada año, y corresponden a las retenciones realizadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Los comprobantes pueden ser entregados a los trabajadores en formato físico o electrónico. El incumplimiento de esta obligación da lugar a sanciones pecuniarias por Faltas Reglamentarias Tipo A, cuyos valores oscilan entre USD 30 y USD 83,25 por cada infracción, dependiendo del tipo de contribuyente.

En este contexto, se recomienda a los empleadores coordinar con sus departamentos de contabilidad y recursos humanos la emisión y entrega oportuna de los comprobantes de retención correspondientes al año 2025, a fin de cumplir con el plazo establecido y evitar posibles contingencias.

Para mayor información o asesoría tributaria y laboral, puede contactar a Tobar ZVS en laboral@tzvs.ec.


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Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.