
Escrito por:
El 12 de enero de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000002, mediante la cual dispuso una ampliación excepcional de los plazos para la presentación de declaraciones y/o anexos tributarios cuyo vencimiento original era el 12 de enero de 2026, sin que se generen intereses ni multas, conforme a las siguientes reglas:
1. Según el noveno dígito del RUC
- RUC terminado en 1 o 2: hasta el 21 de enero de 2026.
2. Según tipo de contribuyente
- Contribuyentes Especiales: hasta el 15 de enero de 2026.
3. Regla aplicable en caso de feriados
Si la nueva fecha de vencimiento coincide con un día de descanso obligatorio o feriado nacional o local, el plazo se trasladará automáticamente al siguiente día hábil.
Se recomienda a los contribuyentes verificar oportunamente su noveno dígito de RUC y su calidad de Contribuyente Especial, a fin de acogerse correctamente a la ampliación.
Para cualquier consulta comunícate con nosotros.
© TobarZVS
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.