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Asesoría laboral

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA REPORTE DE OBLIGACIONES DE LEY DE IGUALDAD SALARIAL

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El 4 de diciembre de 2025 se publicó en el Suplemento del Registro Oficial No. 178 el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-185, mediante el cual el Ministerio del Trabajo reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006, ampliando el plazo para el reporte de acciones relacionadas con la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.

El Acuerdo Ministerial establece por única vez el plazo hasta 30 de noviembre de 2026, para que los empleadores reporten, a través del Sistema Único de Trabajo (SUT), las siguientes acciones:

  1. Los procesos de capacitación anuales con una duración mínima de 40 horas dirigidas a todo el personal (incluyendo obligatoriamente a directivos y máximas autoridades), sobre derechos laborales, igualdad de género, erradicación de violencia y no discriminación laboral y otros relacionados para establecer el trabajo de igual valor; y
  • La acciones de sensibilización para promover la valoración del trabajo desde una perspectiva de igualdad de género y no discriminación.

Esta extensión del plazo brinda a los empleadores la oportunidad de implementar acciones debidamente documentados y ajustados a la normativa vigente. Para mayor información, puede contactar a Tobar ZVS en laboral@tzvs.ec.


© TobarZVS

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.